¿Qué son las variables bimestrales y cuándo se calculan?

Una de las principales obligaciones de los patrones cuando se tienen dado de alta empleados ante el seguro social, es la comunicación de altas, bajas, modificaciones de salario, además del cálculo de las cuotas obrero patronales y aportaciones de vivienda (arts. 15, fracciones I y III Ley del Seguro Social –LSS– y 29, fracciones I y II Ley del Infonavit).

Para este caso, nos enfocaremos en las variables bimestrales, que es una proporción diaria de percepciones otorgadas por el patrón al trabajador y que no forman parte del salario fijo con el que fue contratado, y que es presentado de manera bimestral ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

Conceptos adicionales que integran al SBC en variabilidad

  • Horas extra triples: Integran al 100%

  • Premios de puntualidad y asistencia: Se integra solo si excede el 10% del SBC.

  • Premios de productividad, Bonos de productividad, eficiencia: Integran al 100%

  • Sobresueldos por ausencias y compensaciones: Integran al 100%

  • Propinas: Integran al 100%

  • Descansos laborados: Integran al 100%

  • Prima dominical: Integran al 100%

  • Incentivos: Integran al 100%

  • Comisiones: Integran al 100%

  • Viáticos gravados: Integran al 100%

     

Conceptos que NO integran al SBC en variabilidad

  • Horas extra dobles: Exento de integración a variabilidad

  • Herramientas de trabajo: Exento de integración a variabilidad

  • Fondo de Ahorro: Exento siempre y cuando se deposite en maneras iguales entre el patrón – empleado y sea depositado en un fideicomiso como ahorro para el trabajador.

  • Cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales de carácter sindical: Exento de integración a variabilidad

  • Aportaciones del patrón para cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez: Exento de integración a variabilidad

  • Aportaciones del patrón para INFONAVIT: Exento de integración a variabilidad

  • PTU: Exento de integración a variabilidad

  • Viáticos exentos: Exento de integración a variabilidad

  • Alimentación y habitación onerosas: El trabajador debe aportar una cantidad por este concepto de por lo menos con el 20% de UMA por cada concepto. para considerarse exento.

  • Vales despensa: Exento si el patrón no otorga un importe mayor del 40% a UMA, las cantidades excedentes integrarán.

  • Cantidades con fines sociales que constituyan un fondo de pensión: Exentas mientras cumplan las características de la Comisión Nacional de Ahorros para el Retiro

  • Ayuda de automóvil (Gasolina): Mientras sea utilizado para realizar actividades laborales se considera exento.

  • Anticipos de nómina: Al no tratarse de ingresos sino préstamos a cuenta de nóminas futuras, están Exentos.

  • Gastos funerarios: Exento de integración a variabilidad

  • Primas de seguros: Exento de integración a variabilidad

  • Becas: Exento de integración a variabilidad

  • Útiles escolares: Exento de integración a variabilidad

 

¿Cómo se calculan las variables?

Para poder conocer el promedio diario variable, es necesario conocer el acumulado de percepciones otorgadas al trabajador durante el bimestre anterior y que no formen parte de su salario fijo.

Posteriormente es necesario conocer el numero de días reales laborados por el trabajador (días del bimestre- faltas – incapacidades) en el mismo bimestre.

Teniendo ambos datos dividiremos el total de percepciones otorgadas al trabajador entre los días laborados del bimestre. El resultado será la variable para presentar e integrar al SBC, los primeros 5 días hábiles después del bimestre a presentar.

Para ejemplificar lo anterior, realizaremos el siguiente ejercicio.

Necesitamos presentar las variables del asociado Antonio Ciau, del primer bimestre del 2021. Sus datos son los siguientes:

  1. Salario Base Cotización con prestaciones básicas 01/01/21: $315.5

  2. Número de faltas durante el bimestre enero- febrero: 5

  3. Acumulado de percepciones durante enero-febrero:

    • Comisiones: $300.00

    • Horas extra triples: $1,125.00

    • Bono mensual: $600.00

  1. SBC al 01/01/21: $315.5

  2. Número de días trabajados durante el bimestre enero-febrero: (59 días del bimestre – 5 faltas) = 54 días trabajados

  3. Acumulado de percepciones diferentes a salario fijo durante enero-febrero:

    • Comisiones: $300.00 Integra al salario

    • Horas extra triples: $1,125.00 Integra al salario

    • Descanso laborado:   $600.00 Integra al salario

       

Total, de percepciones: $2,025.00 / 54 días trabajados = $37.5 variable diaria a integrar al SBC.

Nuevo SBC es igual al SBC = $315.5 + Salario Variable= $37.5 = $353 (Esta modificación de sueldo debe enviarse al IMSS entre el 1 y el 5 de marzo 2021)

 

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